Los aliados y la ciudadanía romana

El siguiente artículo en una síntesis del texto "Los aliados y la ciudadanía romana" del profesor Alejandro Bancalari Molina, egresado de Pedagogía en Historia y Geografía en la Universidad de Concepción (1982), Magíster en Educación en la Universidad de Concepción (1989) y Doctor en Historia de la Universidad de Pisa (1986).

El propósito del artículo es realizar una síntesis de las ideas que estudia el profesor Bancalari respecto a las desiguales relaciones que Roma mantuvo con sus aliados, aliados que en nombre de Roma conquistaron, asesinaron e hicieron grande a la República, pero que, sin embargo, recibían un trato de súbditos, no de iguales. Por ello, la adquisición de la ciudadanía romana vinculo juridico que igualaría la relación del aliado con el romano se convirtió en un tema capital, tema que sería permanentemente negado, al mismo tiempo que sus servicios militares eran cada vez más demandados. Esta situación desembocó finalmente en lo que sería la Guerra Social, es decir, la guerra de los socii (los aliados) contra Roma.

Antecedentes; las relaciones de Roma con los socii
El triunfo romano sobre la potencia mediterránea de Cartago en la Segunda Guerra Púnica (218-201 a.C), dejó en evidencia la política expansionista e imperialista de Roma. Sin embargo, este imperio de facto, creado paulatinamente a partir del siglo II, no nació únicamente por gracia y virtud de los romanos (los hombres provenientes de las Siete Colinas), sino también –y de una forma igualmente importante– a los socii populi romani o aliados latinos o itálicos, quienes fueron arrastrados a la empresa imperialista romana.



Pese a la casi indiscutida y probada lealtad que demostraron los aliados en la guerra anibálica (y en las campañas anteriores), comenzó un paulatino deterioramiento de las relaciones entre Roma y sus aliados producto del sentimiento de inferioridad en todos los aspectos que sentían los aliados respecto a los ciudadanos romanos.

En efecto, durante las campañas de Roma, los aliados aportaban un mayor número de soldados (el número de aliados sobrepasaba en proporción 2/1 al número de ciudadanos); emprendían las acciones más peligrosas; recibían la peor parte del botín; y, además, permanecían en servicio activo mucho más tiempo que los romanos. Hubo también permanentes abusos y atropellos por parte de muchos magistrados romanos, los que, amparados por su poder, actuaban de forma discriminatoria y autoritaria con los aliados. Otro aspecto a considerar es el masivo éxodo de aliados a Roma en busca de mejores oportunidades y condiciones de vida, dejando las ciudades sin el contingente necesario establecido en los foedera. Esta situación hizo que Roma tomara medidas para acabar con este éxodo, lo tensionó aún más las relaciones. Por otra parte, en el año 168 a.c se liberó a los ciudadanos romanos de pagar el tributum, no así a los socii.

En efecto, nada hacía Roma para no mantener a los aliados en una categoría de sumisión e inferioridad, lo que demuestra la falta de criterio y la ingratitud romana por la gestión realizada por los latinos e itálicos en la conformación del imperio. Nace así la necesidad de los socii por obtener la civitas romana, único medio para lograr la igualdad jurídica, política, social y fiscal. Esta crisis se pondría de manifiesto con mayor fuerza en el periodo de los Graco, cuando hizo su aparición efectivamente el denominado “Problema Itálico”.  

Las medidas para solucionar el "Problema Itálico"
El tribuno de la plebe Tiberio Sempronio Graco propone en el año 133 a.C una ley agraria que proponía limitar a 500 yugadas como máximo los latifundios de los romanos, con la posibilidad de aumentar 250 yugadas por hijo, con un máximo de hasta 1000 yugadas, el resto de la tierra sería distribuida entre los ciudadanos romanos pobres mayoritariamente. En efecto, esta ley no era favorable para los socii ya que gran parte de la tierra a reivindicar se encontraba en su posesión, y como no eran ciudadanos, no podían participar de la repartición del ager romanus. Escipión Emiliano se convirtió en protector de los agravios de los aliados, y permitió a los itálicos conservar posesiones. Sin embargo, fue encontrado más tarde sin vida en extrañas circunstancias (claramente, perjudicó al pueblo y al senado romano).

Fue entre estos dos hechos –la reforma de Graco y la muerte de Escipión– en que la solicitud de ciudadanía adquiere un valor concreto y efectivo por parte de los socii itálicos.

Existía una ley en el 129 a.C en que los latinos podían alcanzar la civitas con una inscripción en Roma, siempre y cuando dejaran un hijo en la ciudad de origen. La ventajas y oportunidades que entregaba Roma pronto se convirtieron en un problema, pues el número de migrantes era tremendo, y las ciudades aliadas ya no podían proporcionar los contingentes pactados en la guerra. Así entonces, el problema mayor no eran los latinos, sino los socii itálicos

Marco Junio Penno, tribuno de la plebe en el año 126 a.C, en colaboración con el Senado, dictó una ley que expulsaba a la totalidad de los peregrini (itálicos) residentes en Roma, acusados de obtener la ciudadanía de forma fraudulenta.

En el año 125 a.C es relevante para el tema de la ciudadanía aliada; Fulvio Flaco, el electo cónsul y triunviro agrario, propuso una rogatio que confería la civitas a los itálicos que la desearan, y a los demás, el ius provocationis o derecho de apelación contra los magistrados romanos. Esta es la primera vez que se discute abiertamente la moción de la civitas o provocatio a los socii itálicos pese a la tenaz oposición senatorial, con el fin de que los aliados dejaran de ser súbditos sino parte de la República. El cónsul Flaco entendió la dificultad política de la cuestión aliada.

Ese mismo año (125 a.C) la colonia latina de Fregellae, ciudad que se mantuvo leal a Roma en la guerra contra Aníbal, se levanta en armas como respuesta a la negativa del senado a la rogatio civitae de Fulvio Flaco. Esta sedición no se propagó pues la rebelión fue duramente aplacada por Roma. Sin embargo, Fregellae fue, sin dudas, un antecedente inequívoco de la guerra que se aproximaba entre Roma y los aliados.

Pese a todo, los hechos ocurridos en Fregellae ablandaron la intransigencia romana pues, después de la destrucción de la ciudad –según la interpretación de G. Tibiletti– se dictó una ley que daba la ciudadanía a los altos magistrados de las colinas latinas, para asegurar de esta manera su permanente lealtad y con el fin de que no se repitieran hechos similares en un futuro próximo.

Cayo Sempronio Graco, en su segundo tribunado en el año 122 a.C, presentó como objetivo último de sus reformas la rogatio de socii et nomine latino donde les otorgaba la ciudadanía a los latinos. A los itálicos por su parte, se les otorgaba el ius sufragio o derecho a voto. Nuevamente no fue del agrado del senado y se sentenció la expulsión de los aliados. A pesar de esto, Marco Livio Druso, colega, amigo del senado y opositor de Graco, concede a los latinos como alternativa el ius provationis.

La incorporación de latinos e itálicos a la civitas debía ser de forma paulatina, ya que, al aumentar bruscamente el cuerpo jurídico, podría afectar el equilibrio entre el poder y la participación activa de la ciudadanía misma. Por ello la plebe se negó a compartir sus escasos privilegios con los aliados, y el senado defendió su poder y sus privilegios políticos.

En suma, las propuestas fallidas de Graco y Flaco fueron medulares en el intento de los aliados de obtener la civitas a través de medios pacíficos. El sentimiento de que romanos y aliados eran una gran familia de hecho –no de derecho– se acentuó con las décadas.

Cayo Mario, general romano de origen itálico, también se preocupó de la situación de los aliados; tuvo en su poder la autoridad para repartir la ciudadanía entre sus soldados aliados, y lo hizo (por actos heroicos, por ejemplo), pero no está claro si este apoyaba la causa de los socii. Apuleyo Saturnino, tribuno (103 – 100 a.C) formula una reforma agraria que repartía tierras a la plebe rural en territorios conquistados y también otorgaba la ciudadanía a algunos aliados.

En consecuencia, tenemos que la participación de los socii, forzada o consciente, constituyó un vehículo poderoso de unificación entre romanos y aliados. La amenaza de invasión germánica acrecentó este sentimiento unitario entre las tropas. Pero al mismo tiempo, la cuestión aliada se incrementaba por el deseo cada vez más general de los itálicos por participar en la vida misma de Roma, de igual a igual.

En el siglo I a.C, la agitación itálica continuaba y se hacía más aguda y latente ya que gran número de estos participaban de manera ilegal de los comicios y procesos eleccionarios, lo que evidenciaba su interés por intervenir en la vida política de Roma. En consecuencia, Roma aplicó la Lex Licinia Mucia en el 95 a.C, otra medida restrictiva para controlar la situación, eliminando de las listas de ciudadanos a aquellos aliados incorporados de forma ilícita.  

Epílogo
El tribuno Marco Livio Druso (hijo) propone una rogatio liviana de soccis cuyo objetivo era conceder la ciudadanía a los aliados, causando el completo rechazo del senado. Druso muere asesinado en extrañas circunstancias, esfumando así los esfuerzos pacíficos para la obtención de la civitas. Estalla la guerra social y la solución definitiva. Mueren más de 300.000 hombres en una guerra que se extendería por más de dos años y que cambiaría para siempre las cualidades jurídicas de la península.

Roma, pese a ganar la guerra, terminaría concediendo la ciudadanía romana a los aliados. Esto se llevó a cabo en el curso de la guerra a través de diversas leyes. Entre las leyes más importantes se encuentra La Lex Julia: Propuesta el año 90 por el cónsul M. Licinio Craso, ley que concedía la civitas a todos los latinos y también a algunos aliados: a lo que no habían tomado parte de la guerra (manteniendo la calma de Etruria y Umbría) También concedía el derecho a los generales a dar la ciudadanía por mérito a sus soldados; la lex Plautia Papira, que concedía la ciudadanía a cualquier itálico, incluso sublevado, que se hiciese inscribir en los registros del pretorio en un plazo de dos meses; y la lex Calpurnia, que otorgaba el derecho latino a las ciudades de la Galia Cisalpina que aún no lo poseían.

Fuentes:

  • Bancalari, A. (1988). Los aliados y la ciudadanía romana. Revista de Historia Universal , 7-22. 
  • Nicolet, C. (1984). Roma y la Conquista del mundo Mediterráneo. Barcelona: Editorial Labor.


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